
22 Ago Novedades del Reglamento de Extranjería 2022
En junio de este año, publique la entrada del blog “Nuevos cambios en la ley de Extranjería para el 2022”, donde ya se anunciaban las novedades de la reforma del reglamento de extranjería que venían de la mano del Ministro José Luis Escrivá, ahora a una semana de que salga a partir del próximo 16 de agosto las instrucciones de Real Decreto 629/2022, de 26 de julio, por el que se modifica el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España.
Tras el aluvión de mensajes, llamadas y dudas al respecto, quiero hacer un breve resumen sobre las novedades (obviamente he leído el BOE), y si bien tengo dudas al respecto de algunas cuestiones, quiero aclararte que yo no soy jurista, soy trabajadora social experta en migración y debido a ello, el cumplimiento de la norma para mí siempre tiene un prisma social.
¿Cuál es el objetivo de estas novedades en el reglamento de extranjería?
Tras las indicaciones europeas, como ya comenté en la entrada anterior, donde se reconoce que tanto en Europa como en España, no se estaba teniendo en cuenta que las migraciones son circulares y las normas tienen que ir acode a los tiempos, adaptadas a ellos. Por ello, se ha expuesto que el modelo migratorio español y sus procedimientos, en muchos casos lentos e inadecuados, lo que genera periodos prolongados de irregularidad, con altos costes sociales y económicos.
Si bien aún hay que mejorar, que esto aparezca expuesto, ya es todo un hito, es afrontar que el sistema no funciona. Con respecto a ello, soy fiel creyente de que una vez se acepta que hay que cambiar, todo puede mejorar🤗
Por ello, desde el Ministerio de Inclusión, Seguridad y Migraciones, se pretende que con estas modificaciones se favorezca la incorporación al mercado laboral de las personas que se encuentran en España, reforzar las vías de migración regular y mejorar el sistema de gestión. La parte interesante de esto es ¿Cómo?🧐
La actualización viene de la mano de mejorar aquella parte de la normativa migratoria que se encuentra únicamente relacionada con el ámbito laboral (la mano de obra) y que claro, ahora resulta que no se ajusta a las necesidades que tiene el país para cubrir los puesto en el sector servicios y tecnológicos del mercado laboral español. De esto ya hable en la entrada “Talento Migrante” y que te invito a leer😏

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¿Cuáles son las novedades y la relación con el ámbito laboral?
Los cambios principalmente vienen de la mano de la formación y el talento, para que así estas medidas sirvan para agilizar la respuesta de las empresas sobre los puestos que no consiguen cubrir. Si bien tiene perspectivas y aristas, en el mismo BOE se menciona el modelo alemán de “estancia tolerada”.
Ya el nombre de por si es poco inclusivo, en el que se abre la vía a aquellas personas que ya se encuentran en el país en situación administrativas irregular puedan optar a una regularización a través de la formación con un permiso de residencia.
Ahora bien, ¿la formación es para estas cualificaciones que no consigue cubrir el mercado español o es para la que tú quieras hacer? Aquí es la cuestión, si hablamos de talento o de mano de obra, porque en una se potencian tus capacidades como ser humano y en la otra es cumplir las necesidades del mercado donde eras moneda de cambio 💶💴
Las mejoras que se mencionan son:
- Reformular y actualizar el catálogo de ocupaciones de difícil cobertura y que de esta forma se tenga más claro las necesidades del mercado laboral, facilitando las contrataciones en países de origen. ¡Ojo! Este tipo de contrataciones están expuestas a unas cláusulas de retorno y compromisos adquiridos en los que a veces por su incumplimiento pueden llegar a una penalización. Pero sin duda, si este catálogo se actualiza y agiliza, se permitirán contrataciones más rápidas, económicas y sin la necesidad del desgate para la empresa y empleado con los tiempos de espera.
- Como es necesario el talento, se facilita la formación y por ende el régimen de estudiantes, facilitando que estos puedan mantenerse en España, siempre y cuando sean trabajos compatibles con los estudios realizados y no superen las 30 horas semanales (si trabajas en un restaurante y estudias una ingeniera, no puedes, pero si te ofrecen un contrato de becario si, ¿Cuántos contratos de becario o estudiando un master si eres extranjero te ofrecen? Pues pocos, pero ahí está la opción)😒😒

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¡Ah! Olvidaba mencionar, se eliminan las restricciones a la incorporación de los estudiantes al mercado laboral tras la finalización de los estudios (hasta ahora era necesaria una estancia de tres años en España para poder obtener un permiso de trabajo).
Al menos, con esta medida te dan la opción de que ya que has invertido un dineral haciendo un master o especialización puedas encontrar trabajo de ello y evitar la fuga de cerebros 🤨🤭
Otras novedades del reglamento de extranjería
- Además dice, con el tema del estudio incorporar la medida del arraigo por formación, dicen que esto permitirá que las personas que ya se encuentran en España trabajando de forma precaria o directamente irregular, tengan una incorporación al mercado laboral. Esta medida será una autorización de un año para aquellas personas que ya lleven al menos dos años en España de forma irregular y que se comprometer a realizar una formación reglada para el empleo. Si ya hay listas de espera para los certificados de profesionalidad ¿es que se van a abrir formaciones en concreto? Porque a lo mejor si ya llevo dos años esperando y me tiro otro esperando plaza, ya me vale más cualquier otro arraigo que quizás invertir tiempo en formación 💰💰
- Por último y por no alargar más la cosa, se modificaran las figuras de los arraigos y la reagrupación familiar. Recordemos que el arraigo laboral ya fue modificado en el verano pasado y que lo que si cambia es que existirá una figura de confidente que promueva la lucha contra la economía sumergida, acreditando que llevas al menos seis meses trabajando en economía circular.
Yo sigo pensado que esta última medida expone a las personas a que muerdan la mano que les da de comer y que eso no genera mucho miedo cuando hay cargas familiares. A ver qué tal funciona esta figurita y si se protege más al empleado que al empleador.
Sobre los demás cambios en el reglamento de extranjería hablaremos más adelante
Sobre los demás cambios en los arraigos y la reagrupación familiar, quizás será mejor hablar de ellos cuando estas novedades comiencen a aplicarse y veamos luego todas sus dificultades o facilidades, para aquellas personas que vienen no solo a trabajar, sino a construir, a enriquecer, a cumplir sus sueños, siendo ciudadanos de primera y no en la sombra.
Si bien Escrivá, ha planteado grandes cambios, aún hay un margen importante de personas que de momento, no cumplen estos requisitos o simplemente no tienen los medios económicos para hacerlo.
Por ello, te dejo aquí toda la información para que uses el poder de tu firma y dales voz a estas personas a través de la recogida de firmas de la ILP de Regularización YA, es una campaña organizada desde esenciales.
Te recuerdo que la regularización no es una cuestión de caridad, hablamos de personas, de talento y por ello es justicia social.
➡️Una manera de favorecer la construcción de una sociedad más justa es compartir buena información 💯
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